Santa Catarina Pinula («Santa Catarina»: en honor a Catalina de Alejandría; «Pinula», del náhuatl, «una bebida a base de maíz tostado») es una ciudad del departamento de Guatemala ubicada a 15 kilómetros de la Ciudad de Guatemala y forma parte de la Mancomunidad Gran Ciudad del Sur, además se ubica dentro de las 20 ciudades más importantes de Guatemala. Colinda al norte con la Ciudad de Guatemala, al este con los municipios de San José Pinula y Fraijanes, al sur con los municipios de Fraijanes y Villa Canales y al oeste con Villa Canales y la Ciudad de Guatemala.
Durante la época colonial fue una doctrina de los frailes dominicos dependiendo del convento de Amatitlán y luego de la Independencia de Centroamérica en 1821 pasó a formar parte del departamento Guatemala/Escuintla, y en 1839 fue adscrito al departamento de Guatemala.
Con la expansión de la Ciudad de Guatemala a finales del siglo XX el poblado fue absorbido por la zona residencial conocida como «Carretera a El Salvador», la cual se caracteriza por la presencia de varios barrios de familias de alto poder adquisitivo, aunque entremezcladas con los barrios originales del municipio. El 1 de octubre de 2015 por la noche y luego de intensas lluvias que llevaban varios días, se desplomó un cerro aledaño a la aldea de El Cambray II, provocando más de doscientos cincuenta muertos.
En la aldea Puerta Parada existe el sitio arqueológico del mismo nombre que pertenece al período Preclásico y fue reportado por el arqueólogo Shook el 25 de enero de 1942; Shoock indicó que las ruinas estaban recién seccionadas por la Carretera Panamericana y que aunque muchos se habían perdido por los siglos de cultivos, había alrededor de diez montículos alrededor de dos plazas rectangulares.
Muchos de los nombres de los municipios y poblados de Guatemala constan de dos partes: el nombre del santo católico que se venera el día en que fueron fundados y una descripción con raíz náhuatl; esto se debe a que las tropas que invadieron la región en la década de 1520 al mando de Pedro de Alvarado estaban compuestas por soldados españoles y por indígenas tlaxcaltecas y cholultecas.
La etimología del nombre del municipio, según lo expresa Francisco Antonio de Fuentes y Guzmán en su libro Recordación Florida se debe a:
«Santa Catarina»: en honor a su patrona titular; se cree que fue el padre Juan Godinez, O.P. quién habría influido para ponerle el nombre de Santa Catarina al pueblo de Pankaj o Pinola en honor a Santa Catalina Mártir de Alejandría.
«Pinula», proviene de la raíz náhuatl «Pinul» (español: «harina de maíz tostado») y el apócope «atl» (español: «agua»), refiriéndose a «una bebida a base de maíz tostado» o «pinol».[cita requerida] Esto muy bien podría relacionarse con el pinole, una bebida muy conocida entre los soldados tlaxcaltecas que acompañaban a las fuerzas de Alvarado.
Pinula en pipil significaría «Harina de Agua» («Pinul»: Harina de Pinole y «Ha»: Agua).
En lengua Poq'omam «Pinol» significa «harina o pinole» y «Ha» o «Ja» significa «agua» o «tierra»; la combinación de estas raíces expresan «agua de pinole» o «tierra de pinole».
Otra versión del origen del nombre indica que éste proviene de la lengua indiana «Pancac», cuyo significado etimológico es: «Pan» que significa «dentro o entre», y «Cac» que tiene 3 significados, el primero, «fuego», el segundo «nigua» y el tercero «guayaba». Se puede suponer que el significado que corresponde es «Entre guayabas».
El municipio cuenta con una cabecera municipal (Santa Catarina Pinula), quince aldeas y seis caseríos.
Santa Catarina Pinula posee una población de 80 582 habitantes según el Censo 2018 . El municipio alberga un total de 237 lugares poblados. Entre los 20 municipios más poblados vive el 68% de la población catarinense.
La cabecera municipal de Santa Catarina Pinula tiene clima templado (Clasificación de Köppen: Csb
Snta Catarina Pinula está completamente rodeada por municipios del Departamento de Guatemala:
Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:
El gobierno de los municipios está a cargo de un Concejo Municipal mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal»; el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».
El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.