Tal Día como Hoy

Radiodifusión en España

Historia de la radio en España

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La radiodifusión en España, como en la mayor parte de países europeos y al igual que sucede con la televisión, está considerada como un servicio público y sigue un modelo mixto en el que conviven emisoras privadas o comerciales, con emisoras de titularidad pública, ya sean propiedad del Estado (RNE), como de las distintas comunidades autónomas (regiones) del país.​

La regulación de la radiodifusión en España se remonta a la Ley de 26 de octubre de 1907, que establece el monopolio del Estado sobre la radiodifusión. Más adelante, el Real Decreto de 27 de febrero de 1923, impone la obligación de solicitar licencia gubernamental para todas las instalaciones eléctricas. Ya durante la Segunda República Española, la Ley de Radiodifusión, de 26 de julio de 1934 viene a calificar a la radiodifusión nacional como un servicio público que cumple una «función social y privativa del Estado».​

Bajo el franquismo, se aprobaron sucesivamente la Ley de prensa de 22 de abril de 1938 y la Ley 14/1966, de 18 de marzo, de prensa e imprenta, además de varios Decretos que ordenaban el sector.

La primera gran norma aprobada en Democracia fue la Ley 4/1980, de 10 de enero, de Estatuto de la Radio y la Televisión, a la que seguirían la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal y la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, derogada en 2022, amén de varios Reales Decretos y normativa autonómica reguladora de la materia.​

El artículo 20 de la Constitución Española de 1978 garantiza:

Por su parte, la norma que regula el sector es la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, dictada de conformidad con la Directiva 2010/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2010, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual.

La Ley señala una serie de principios que deben regir la comunicación audiovisual, como son el respeto por la dignidad humana y los valores consitucionales, el pluralismo ideológico y político y la diversidad cultural y lingüística de la sociedad, la igualdad de género e imagen de las mujeres y las personas con discapacidad, así como la veracidad de la información.

En lo que se refiere, concretamente al servicio de comunicación audiovisual radiofónico, es calificado como un servicio de interés general que se presta al amparo de los derechos constitucionales a la libertad de expresión, a comunicar y recibir información, a participar en la vida política y social y a la libertad de empresa. La prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónico (entendiendo por tal el que se presta para la audición simultánea de programas y contenidos radiofónicos o sonoros sobre la base de un horario de programación mediante cualquier soporte tecnológico) mediante ondas hertzianas terrestres requerirá licencia previa otorgada mediante concurso por la autoridad audiovisual competente según el ámbito territorial (Estado, comunidad autónoma o Ayuntamiento). Para preservar la libre competencia, se prohíbe disponer de más de cinco licencias por un mismo propietario en cada uno de esos ámbitos o controlar directa o indirectamente, mediante la participación en el accionariado de más del 50% del total de las licencias.​

El 24 de enero de 1904 el gobierno español decidió reservar para el Estado el monopolio de la regulación y concesión de licencias, en tanto servicio público, de la radiodifusión para el presente y para el futuro. Comenzó en 1906 una fase inicial o de experimentación, al igual sucedía en otros países del mundo. El periodo que abarca hasta el fin de la dictadura de Primo de Rivera fue testigo del nacimiento de la radiodifusión, cuyo arranque es la Real Orden de 14 de junio de 1924. Nacen así las primeras emisoras de radio privadas en España: Radio Barcelona (EAJ-1), Radio España (EAJ-2), Radio Cádiz (EAJ-3), Estación Castilla (EAJ-4), Radio Club Sevillano (EAJ-5) y Radio Ibérica (EAJ-6).​

La primera emisora de radiodifusión en España fue Radio Ibérica, que, desde finales de 1923, había iniciado emisiones experimentales emisiones desde Madrid, si bien, no disponía de licencia gubernamental para la radiodifusión. Radio Ibérica S,A. era, en realidad, una empresa constituida para la fabricación y venta de material de radiotelefonía, pero que contaba con autorización para llevar a cabo, solamente, emisiones experimentales. Por tanto, las dos primeras emisoras de radiodifusión en disponer de licencia gubernamental, tras la publicación de la Real Orden de 14 de junio de 1924, fueron Radio España, inaugurada el 10 de noviembre de 1924, en Madrid, y Radio Barcelona, inaugurada el 14 de noviembre de 1924 en Barcelona, con la voz inicial de María Sabater.​ A los promotores de Radio España se les concedió el indicativo EAJ-2 porque presentaron la solicitud de licencia justo después que la ANR, asociación promotora de la estación que se daría a conocer como Radio Barcelona EAJ-1.​ Tras la publicación de la Real Orden de 14 de junio de 1924, se daba un plazo de un mes para que las empresas o particulares interesados en obtener licencia de radiodifusión presentaran las solicitudes ante la Dirección General de Comunicaciones, así como un plazo de seis meses para ser inaugurado el servicio de emisiones regulares. El artículo 26 de dicha Ley establecía que las emisoras no podían ponerse en marcha sin la inspección previa de un funcionario de la Dirección General de Comunicaciones. Radio España obtuvo la autorización legal para emitir y así poder ser inaugurada antes que Radio Barcelona, tal como se acredita en la prensa de la época. Este hecho es el que le confiere a Radio España ser la emisora decana de la radiodifusión española.​

Los indicativos EAJ tienen su origen en la normativa establecida por el Gobierno en la Conferencia Nacional de Telegrafía sin Hilos del período 1923-24, donde las letras EA estaban referidas a emisoras españolas, la J por ser de titularidad privada y el número según el orden de concesión provisional de licencia. Estos indicativos ya han dejado de asignarse y han quedado solo para clasificar las antiguas emisoras de onda media.

Lo que demuestra que los indicativos concedidos inicialmente no representaban la antigüedad de la emisora en cuestión, es el hecho de que Radio Ibérica, siendo la primera emisora en emitir en España, obtuvo, sin embargo, el indicativo EAJ-6, Asimismo, la emisora Unión Radio (embrión de la Cadena SER, inaugurada en Madrid, el 17 de junio de 1925, tenía asignado inicialmente el indicativo EAJ-20, y luego la Dirección General de Comunicaciones se lo cambió al EAJ-7. Por otro lado, la licencia con indicativo, EAJ-3, otorgada el 12 de agosto de 1924 y destinada a Radio Cádiz, pasó años después a Radio Grau, actual Radio Valencia. En consecuencia, Radio España fue la primera emisora española en ser inaugurada con licencia, aunque tenía como indicativo EAJ-2.

Durante la década, los contenidos radiofónicos pasaron de los diarios hablados, cultura y música a una programación más sofisticada y elaborada, siendo buque insignia Unión Radio, que a través de Radio Madrid transmitió el 8 de octubre de 1925 una corrida de toros por primera vez.​ Además comenzaron a radiarse adaptaciones habladas de obras clásicas del teatro español e incluso un primer serial Las aventuras de un parisién en Madrid.​ Además, el 8 de octubre de 1930 se estrenaba el informativo diario La Palabra, que pocas semanas después encontraría una réplica femenina titulada Radiofémina, con Mercedes Fortuny, en una época en la que se consideraba que los intereses de uno y otro sexo no eran los mismos y en consecuencia las mujeres debían contar con un programa acorde a sus inquietudes que en aquel momento no debían ser otros que cuidar a su marido y su hogar.​

Por otro lado, las emisoras autorizadas emitían exclusivamente para el ámbito local, siendo de nuevo Unión Radio pionera en emitir en cadena. En 1927 Unión Radio Madrid (EAJ-7), Radio Bilbao (EAJ-9), Radio Sevilla (EAJ-5), Radio Salamanca (EAJ -22) y Radio Barcelona (EAJ-1) comenzaban a emitir conjuntamente. En mayo, todas las emisoras radiaban el partido de fútbol entre el Zaragoza y el Real Madrid. La emisora alcanzaría casi el monopolio de emisiones, con las excepciones de Radio Asociación de Cataluña, Radio España de Madrid y Radio Asturias. La fusión formal se alcanzó en 1929, tras el impulso tecnológico que supuso la Exposición Universal de Barcelona y se articuló mediante autorización de la Dirección General de Comunicaciones, de 14 de marzo.

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