Tal Día como Hoy

Matrimonio igualitario en España

Tipo de matrimonio en un país

Anúncio

El matrimonio igualitario en España es legal desde el 3 de julio de 2005. En 2004, el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), dirigido por José Luis Rodríguez Zapatero, se presentó a las elecciones generales con un programa que incluía el compromiso de «posibilitar el matrimonio entre personas del mismo sexo y el ejercicio de cuantos derechos conlleva.»​ Tras el triunfo socialista en las elecciones y la formación del gobierno, y después de mucho debate, el 30 de junio de 2005 se aprobó la ley que modificaba el código civil y permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo (y, como consecuencia de esto, otros derechos como la adopción conjunta, herencia y pensión). La ley fue publicada el 2 de julio de 2005, y el matrimonio entre personas del mismo sexo fue oficialmente legal en España el 3 de julio de 2005, siendo el tercer país en el mundo en legalizarlo.​

A pesar del apoyo del 66% de la población española al matrimonio igualitario,​ la tramitación de esta ley se vio acompañada de movilizaciones sociales en contra, pero también a favor de la medida, que congregaron a miles de personas de toda España. Mientras que los partidarios de la medida estimaban que la verdadera igualdad solo se consigue si se equiparan todas las parejas en una misma figura jurídica, el matrimonio, sus oponentes opinaban que el término "matrimonio" debería reservarse a la unión de un hombre y una mujer.​ La Iglesia católica se opuso a esta ley, considerándola un ataque a la institución del matrimonio.​ Otras asociaciones también expresaron su preocupación sobre la posibilidad de que las personas homosexuales pudieran adoptar menores.​ Tras su aprobación, el Partido Popular presentó un recurso contra la ley en el Tribunal Constitucional,​ que se resolvió el 6 de noviembre de 2012, siete años después de su tramitación, con 8 votos a favor de la constitucionalidad del matrimonio homosexual y 3 en contra.​

Unas 4500 parejas del mismo sexo contrajeron matrimonio en España durante el primer año de vigencia de la ley.​ Poco después de que la ley fuera aprobada, surgieron dudas sobre la situación legal del matrimonio con personas de países que no permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo. Sobre esta cuestión, el Ministerio de Justicia español determinó que la ley española permite que un español se case con un extranjero —o que dos extranjeros que residan legalmente en España se casen entre sí—, incluso cuando las leyes nacionales de esos extranjeros no reconozcan los matrimonios entre personas del mismo sexo.​

En 1994, la ley de arrendamientos urbanos concede por primera vez algunos derechos limitados a las parejas convivientes con independencia de su orientación sexual.​ Durante la década de 1990, algunas comunidades autónomas habían aprobado legislaciones propias sobre parejas de hecho, que permitían a las parejas formadas por personas del mismo sexo registrar su unión y obtener algunos beneficios administrativos.​​ La primera ley fue la de Cataluña, aprobada en 1998, la cual, sin embargo, no permitía la adopción conjunta a las parejas homosexuales.​​ En 2000, Navarra aprobaba una ley similar,​ con la única oposición de Unión del Pueblo Navarro, que, sin embargo, sí permitía la adopción de niños por parejas homosexuales. El Partido Popular recurrió la norma al Tribunal Constitucional, con el argumento de que debía protegerse a los menores.​ Por entonces, la ley española permitía a personas solteras adoptar menores. De esta forma, una pareja homosexual podía realizar una adopción de facto, pero el miembro de la pareja que no fuera el progenitor legal carecía de derechos si la relación terminaba o el progenitor legal fallecía.​ Dado que la competencia exclusiva para regular las formas de matrimonio corresponde al Estado en virtud del artículo 149.1.8 de la Constitución española, la mencionada legislación autonómica no podía otorgar a dichas parejas de hecho el estatus de matrimonio.​ A nivel nacional, habían existido varios intentos desde 1994 por aprobar una ley de parejas de hecho, que también afectaban a las parejas homosexuales, sin éxito.​ Hasta septiembre de 2001, los esfuerzos legislativos se habían enfocado en crear una ley de parejas de hecho que equiparase los derechos de dichas parejas, incluyendo las homosexuales, con los matrimonios. En esa fecha se presentó la primera propuesta formal en las Cortes Generales del Reino para modificar el Código Civil y permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo.​

El 30 de junio de 2004, el nuevo ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, anunció que el Congreso de los Diputados había aprobado provisionalmente una proposición de ley para extender el derecho de matrimonio a las parejas del mismo sexo. Esto cumpliría una promesa realizada por el presidente Zapatero el día de su discurso inaugural.​ El ministro también anunció dos enmiendas, introducidas por Convergencia i Unió; la primera introducía estatus legal para las parejas de hecho heterosexuales y homosexuales, mientras que la segunda permitía a las personas transexuales cambiar legalmente su nombre sin la necesidad de someterse a una cirugía previa.​

El proyecto de ley sobre el matrimonio entre personas del mismo sexofue aprobado por el Consejo de Ministros el 1 de octubre de 2004. Fue enviado a las Cortes Generales el 31 de diciembre,​ y aprobado por el Congreso el 21 de abril de 2005.​ Sin embargo el 22 de junio, el texto fue rechazado por el Senado, en el que el principal partido de la oposición (Partido Popular) poseía la mayoría de los escaños.​ El texto retornó al Congreso, que levantó el veto del Senado y aprobó el texto finalmente el 30 de junio de 2005, con 187 votos a favor, 147 en contra y cuatro abstenciones. Con la aprobación definitiva de la ley el 2 de julio de 2005, España se convirtió en el tercer país del mundo en legalizar el matrimonio igualitario después de los Países Bajos y Bélgica;​ Canadá lo haría pocos días después.

El 11 de julio de 2005 se celebró en Tres Cantos (Madrid) la primera boda entre dos personas del mismo sexo, Emilio Menéndez y Carlos Baturin, que convivían en pareja desde hacía más de treinta años.​ El primer matrimonio entre mujeres se celebró en Barcelona once días después.​ A pesar de todos estos pasos para eliminar la discriminación existente, existía un fallo legal: los niños nacidos en el seno de un matrimonio entre mujeres lesbianas no podían ser legalmente reconocidos por la madre no biológica, que debía entonces iniciar costosos y largos trámites de adopción, cosa que no ocurre en los matrimonios heterosexuales, donde el padre solamente necesita reconocer al niño sin necesidad de posteriores requisitos.​ El 7 de noviembre de 2006, el Gobierno español modificó la Ley de Reproducción Asistida, permitiendo a la madre no biológica reconocer a los niños nacidos dentro del matrimonio entre mujeres.​

Tramitación parlamentaria de la Ley 13/2005

En las elecciones generales de 2004, el Partido Socialista Obrero Español anunció, como parte de su programa electoral, el compromiso de "posibilitar el matrimonio entre personas del mismo sexo y el ejercicio de cuantos derechos conlleva, en igualdad de condiciones con otras formas de matrimonio, para asegurar la plena equiparación legal y social de lesbianas y gais".​ En el discurso de investidura, el nuevo presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, avanzó que su Gobierno presentaría un proyecto de ley que, de acuerdo con la promesa electoral, extendiera el derecho a contraer matrimonio a las personas del mismo sexo, incluyendo el derecho a la adopción.

El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, anunció el 30 de junio de 2004 ante el Congreso de los Diputados la aprobación de un anteproyecto de ley de reforma del Código Civil, con el fin de eliminar las limitaciones existentes y así lograr que el matrimonio fuera independiente del sexo de los contrayentes. El anteproyecto de ley fue estudiado por el Consejo de Estado, quien, a pesar de reconocer lo inadmisible de la discriminación existente hacia las personas homosexuales, informó críticamente acerca de la extensión del matrimonio a las parejas del mismo sexo, señalando que dicha extensión no venía exigida por la Constitución y el mismo resultado (es decir, la ausencia de discriminación) podía lograrse a través de otros medios.​

Anúncio

Próximamente en la app World in Stories

Audio, descarga offline, sin anuncios y mucho más.

Conocer Premium
Matrimonio igualitario en España | World in Stories