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Gobierno de Costa Rica

Organo Constitucional que encabeza el Poder Ejecutivo de la República de Costa Rica

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El Gobierno de Costa Rica, también denominado Gobierno de la República de Costa Rica, es el órgano constitucional que encabeza el poder ejecutivo de la República de Costa Rica. Según la Constitución Costarricense, sus funciones son: dirigir la política interior y exterior, ejercer el mando supremo de la fuerza pública así como ejercer la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Artículos principales: Presidente de Costa Rica, Vicepresidentes de Costa Rica, Ministerio de la Presidencia, Consejo de Gobierno de Costa Rica y Anexo:Gobernantes de Costa Rica.

El Presidente es el jefe de Estado y de Gobierno. Es elegido por sufragio popular directo para un periodo de cuatro años. Entre sus responsabilidades están dirigir la política interior y exterior, presidir el Consejo de Gobierno, velar por la conservación del orden público y nombrar a los Ministros de su gabinete.

De acuerdo al artículo 139 de la Constitución, para ser Presidente se requiere ser costarricense por nacimiento o por naturalización, con diez años de residencia en el país, después de haber obtenido la nacionalidad y ser mayor de treinta años.

La Presidente actual (desde 2026) es Laura Fernández Delgado del partido Pueblo Soberano.​

En Costa Rica, existen dos Vicepresidentes, que tienen como función principal la de sustituir al Presidente en casos de ausencia temporal o definitiva. Son electos junto con el presidente por el mismo periodo y al igual que este, no pueden ser removidos de su cargo.

Actualmente (desde 2026) los vicepresidentes son Francisco Gamboa Soto y Douglas Soto Campos quienes ostentan la primera y segunda vicepresidencia, fueron electos por el partido Pueblo Soberano.

El Ministerio de la Presidencia es el ministerio encargado de brindar soporte político, técnico y administrativo a la Presidencia de la República, como facilitador de la coordinación de políticas públicas y acuerdos con los otros Poderes del Estado, entes públicos y actores de la sociedad civil. Comparte sede con la Presidencia de la República y usualmente mantiene un rol de portavoz del Gobierno. Su función se asemeja a la de un primer ministro, no obstante tiene atribuciones inferiores a este, esto debido a la vocación presidencialista del Estado costarricense.

Al igual que el resto de los ministerios, es designado a voluntad por el presidente de la República. Su actual titular es Rodrigo Chaves Robles.​​

El Consejo de Gobierno es el órgano político superior y el colaborador inmediato del Presidente de la República en el Gobierno de Costa Rica. Está presidido por el Presidente de la República y está integrado por los vicepresidentes y ministros de gobierno nombrados.

El Consejo de Gobierno tiene las siguientes funciones y potestades principales:

Asesorar al Presidente de la República en la toma de decisiones sobre políticas públicas y asuntos de gobierno.

Coordinar y dar seguimiento a las políticas públicas, planes y proyectos del Poder Ejecutivo.

Aprobar los proyectos de ley que el Poder Ejecutivo envía a la Asamblea Legislativa.

Aprobar los decretos ejecutivos dictados por el presidente de la República.

Resolver consultas que por ley deban ser elevadas a su conocimiento.

Conocer en alzada los recursos administrativos que se eleven ante él.

Aprobar los reglamentos autónomos de organización y servicio de los ministerios.

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