Las elecciones presidenciales de Colombia de 2018 se celebraron 10 de marzo y la segunda vuelta el domingo 27 de mayo de 2018, y como ningún candidato presidencial alcanzó más del 50 % de los votos válidamente emitidos, se realizó una segunda ronda electoral el domingo 17 de junio de 2018. Con un 53.98 % de los votos, Iván Duque Márquez fue elegido para un periodo de cuatro años, después de que la reelección presidencial fuese eliminada por el Congreso de la República en 2015.
Según la constitución de Colombia, pueden ejercer su derecho a sufragio los ciudadanos mayores de 18 años de edad que no hagan parte de la Fuerza Pública, no estén en un proceso de interdicción, y que no hayan sido condenados. Las personas que se encuentran en centros de reclusión, tales como cárceles o reformatorios, podrán votar en los establecimientos que determine la Registraduría Nacional. La inscripción en el registro civil no es automática, el ciudadano debe dirigirse a la sede regional de la Registraduría para inscribir su identificación personal en un puesto de votación.
La elección de presidente de la república se hace junto con la del vicepresidente, siendo este último su fórmula; la estadía en el cargo será de cuatro años sin posibilidad de reelección. El proceso de elección no se realizará simultáneamente con cualquier otro. La Constitución política en su artículo 191, establece que quien pretenda llegar al cargo debe ser colombiano de nacimiento y tener la nacionalidad, asimismo, ser mayor de treinta años. La primera vuelta se celebrará el último domingo de mayo, que para el 2018 será el día 27, y resultará ganador quien haya obtenido la mitad más uno de los votos. En caso de que ninguno de los aspirantes obtenga esta ponderación de los votos, los dos candidatos que en primera vuelta hayan obtenido la mayoría de los votos irán a la segunda vuelta; el ganador será quien logre la mayoría de los votos.
Los organismos encargados de velar administrativamente por el evento son la Registraduría Nacional del Estado Civil y el consejo Nacional Electoral.
El acto legislativo número 02 del 2015 decreta que el candidato presidencial que obtenga la segunda mayor votación obtendrá una curul en el Senado y su fórmula vicepresidencia obtendrá una curul en la Cámara de Representantes.
De acuerdo con la sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional de Colombia, que declaró la exequibilidad de la Ley 1475 (Reforma Política), el voto en blanco es “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos” y agrega que “el voto en blanco constituye una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector. Como consecuencia de este reconocimiento la Constitución le adscribe una incidencia decisiva en procesos electorales orientados a proveer cargos unipersonales y de corporaciones públicas de elección popular”.
De acuerdo con el artículo 9 del Acto Legislativo 01 de 2009, en caso de victoria del voto en blanco, "Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando el total de los votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría. Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral". Según lo anterior, si en la repetición de las votaciones llegara a ganar nuevamente el voto en blanco, quedaría como ganador el candidato que alcanzó la mayoría de votos válidos en el certamen electoral. Por lo cual, se elegirá el segundo puesto en votos. La Corte Constitucional, en sentencia C-490 de 2011 declaró inexequible la norma de la Reforma Política que ordenaba repetir elecciones "cuando el voto en blanco obtenga más votos que el candidato o lista que haya sacado la mayor votación" y en consecuencia la mayoría necesaria para repetir la elección es mayoría absoluta, es decir el 50% más 1 de los votos válidos, y no mayoría simple.
Antecedentes y definición de candidaturas
Finalmente aparecieron en el tarjetón electoral siete candidatos presidenciales con sus siete candidatos vicepresidenciales, y un grupo significativo de ciudadanos promotor del voto en blanco.
Candidatura Coalición Colombia
En septiembre de 2017 se conformó la coalición entre Jorge Enrique Robledo del partido Polo Democrático, Claudia López de la Alianza Verde y Sergio Fajardo del Movimiento Compromiso Ciudadano. El tema central de esta coalición es la lucha contra la corrupción.
En diciembre de 2017, luego de analizar las últimas encuestas en las que Sergio Fajardo lideraba la intención de voto, Claudia López y Jorge Enrique Robledo, quienes defendían la idea de hacer una consulta para escoger candidato, renunciaron a sus candidaturas para apoyar a Sergio Fajardo como candidato único de la coalición.
El 19 de noviembre de 2017 se celebró la consulta liberal, en la que se eligió a Humberto de La Calle candidato presidencial del partido liberal colombiano.
Candidatura Centro Democrático
El Partido Centro Democrático contó con cinco precandidatos, quienes se enfrentaron a tres rondas de encuestas, siendo eliminado tras las dos primeras el opinado con menos respaldo, y tras la última los dos menos respaldados.
La primera encuesta fue presentada el 28 de noviembre de 2017, la segunda el 5 de diciembre de 2017, y la tercera el 10 de diciembre de 2017, siendo seleccionado como candidato Iván Duque Márquez.
En enero de 2018 se inscribieron dos consultas interpartidistas con el fin de escoger dos candidatos únicos a la presidencia. Estas consultas se realizaron el 11 de marzo de 2018, el mismo día de las elecciones legislativas.
En esta consulta se escogió un candidato único entre los precandidatos Iván Duque del Partido Centro Democrático, Martha Lucía Ramírez del grupo significativo Por una Colombia Honesta y Fuerte, y Alejandro Ordóñez del grupo significativo La Patria de Pie. El candidato elegido fue Iván Duque.