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Documento nacional de identidad (España)

Documento de identificación de España

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El documento nacional de identidad (DNI),​ conocido coloquialmente como carné de identidad,​​ es el documento de identidad que se expide en España para los ciudadanos españoles.​ Desde marzo de 2006 además incluye un chip electrónico. Es desde entonces emitido en soporte de una tarjeta plástica de policarbonato que incorpora un chip con información electrónica, que tiene unas dimensiones idénticas a las de las tarjetas de crédito comúnmente utilizadas.​

Es obligatorio a partir de los 14 años de edad,​ aunque puede solicitarse desde la inscripción del menor en el Registro Civil. A fecha de diciembre de 2021 se habían emitido más de 85 millones de DNI electrónicos en España.​

En 1824, el rey Fernando VII creó la Policía en España y le otorgó la potestad exclusiva para crear padrones que incluyeran edad, sexo, estado, profesión y naturaleza del vecindario. Esta fue su primera atribución, competencia que se ha mantenido hasta la actualidad y que ha vinculado históricamente al Cuerpo Nacional de Policía con el carné de identidad.​

La creación de un nuevo documento se puso en marcha a través de un decreto el 2 de marzo de 1944, para disponer de información censal de los ciudadanos. Para el diseño del primer DNI se convocó un concurso público, que fue adjudicado a Aquilino Rieusset Planchón, con un premio de 30 000 pesetas de la época.​

La iniciativa de crear un DNI partió, en la primera mitad del siglo XX, del dictador Francisco Franco. En el año 1951 obtuvo su propio carné de identidad. Los primeros obligados a formalizarlo fueron los presos y los que permanecían en libertad vigilada. En segundo lugar, los hombres que por su profesión o negocio se mudaban frecuentemente de domicilio. En tercer lugar, los varones residentes en ciudades de más de &&&&&&&&&0100000.&&&&&0100 000 habitantes. Luego, los hombres en localidades entre &&&&&&&&&&025000.&&&&&025 000 y &&&&&&&&&0100000.&&&&&0100 000 habitantes; después las mujeres que viajaban por motivos de trabajo y así sucesivamente hasta completar con los años a toda la sociedad española.​

Zaragoza fue la primera capital de provincia donde se expidió el DNI. El ensayo se extendió posteriormente a Valencia, y de allí se extendió al resto de los municipios en España hasta completar 59 equipos fijos distribuidos en todas las regiones excepto Navarra.​

El primer diseño de la tarjeta moderna del DNI data de 1951 e incluía los datos de filiación, profesión y empleo o cargo. De color verde, incorporaba el escudo nacional reconocido durante el régimen dictatorial de Franco, con el águila de San Juan. Además se señalaba la categoría del sujeto en función de su economía. La segunda llegó en 1962 e incorporaba estado civil y grupo sanguíneo. Su color azul respondía al tono corporativo de la Policía. Desapareció en esta versión el sexo. El siguiente formato apareció en 1965 y se expidió hasta 1980. Ha sido uno de los documentos más populares. Se mantuvieron los mismos datos registrales, excepto la firma del Director del equipo que expedía el carné, que se suprimió, para evitar identificar la provincia expedidora.

Las variantes más significativas del cuarto modelo de DNI, con una vigencia desde 1981 hasta 1985, fueron la inclusión del escudo nacional admitido tras la Constitución Española de 1978 y la supresión de las categorías anteriores. Se incluyó de nuevo el sexo.​ En el siguiente modelo (1985-1991), se descartaron la profesión, el estado civil y el grupo sanguíneo. En la década de 1990 se idearon unos modelos realizados mediante tecnología informática. La histórica huella dactilar y otros datos relevantes como el sexo, dejaron de tomarse con tinta y aparecer impresos en el DNI, para ser tomada electrónicamente y quedar registrada en las bases de datos del Cuerpo Policía Nacional (es decir, la policía española cuenta con las huellas de toda la población española) y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre asumió la competencia de su elaboración.

En 2006 se incorporó un chip electrónico al DNI y se convirtió en un documento también electrónico. Este chip permitía supuestamente agilizar los trámites con la Administración e Internet.​

En 2015 se lanzó el DNI versión 3.0 con tecnología NFC.​ En agosto de 2021 se lanzó el DNI 4.0, con mejoras electrónicas y otras supuestamente de seguridad y una mayor integración con la documentación de identificación del resto de la UE, para el control de la población de la Unión.​ Por ejemplo, aparece la bandera de la Unión Europea, y la identificación del documento en inglés.​

El documento nacional de identidad es un documento personal e intransferible emitido por el Ministerio del Interior que goza de la protección que a los documentos públicos y oficiales otorgan las leyes. Es el único documento con suficiente valor por sí sólo para la acreditación, a todos los efectos, de la identidad y los datos personales de su titular.​ Su titular está obligado a la custodia y conservación del mismo durante su período de vigencia. A cada DNI, se le asigna un número personal que tiene la consideración de identificador numérico personal de carácter general.​

Para obtener un DNI es necesario ser español. Todos los españoles tienen derecho a que se les expida el documento nacional de identidad.​ Es obligatoria su obtención por los mayores de catorce años residentes en España y para los de igual edad que residan en el extranjero y se trasladen a España por tiempo no inferior a seis meses.​ Pueden ser sancionados los españoles que incumplan la obligación de obtener la documentación personal.

Todos los obligados a obtener el DNI, están también obligados a exhibirlo cuando sean requeridas para ello por la autoridad civil o sus agentes.​ No hay obligación de llevarlo permanentemente, pero sí hay obligación de identificarse y de exhibirlo a la autoridad si se lleva. Si el DNI fuera requerido por la autoridad y no pudiera mostrarse por no llevarlo en ese momento, se podrá mostrar otro documento para identificarse y la autoridad decidirá su validez suficiente o no como documento identificativo. Por ejemplo, el carné de conducir no es un documento de identidad, pero la autoridad, a su criterio, puede admitirlo como válido para identificarse.

En caso de no ser posible la identificación por no llevar el DNI en ese momento, se podrá requerir a ese español a que acompañe a la autoridad o a los agentes a las dependencias más próximas con medios adecuados para realizar la identificación.​ El negarse a mostrar el DNI cuando se lleva consigo o de negarse a ir a comisaría para realizar la identificación puede constituir una mera infracción administrativa por desobediencia (con penas de multa de 601 a 30 000 euros)​ o, en función de la gravedad, puede llegar a constituir de un delito de desobediencia a la autoridad.​

El documento nacional de identidad tiene un período de validez de dos años para los menores de cinco años, de cinco años para los menores de treinta años, de diez años para los menores de setenta años, y permanente para los mayores de setenta años. De forma excepcional se puede otorgar validez permanente a los mayores de treinta años que acrediten la condición de gran inválido, ó validez de un año si no se pueden presentar los documentos requeridos para su expedición.

El DNI en vigor sirve como sustituto al pasaporte e identifica al portador a todos los efectos en los 27 Estados miembros de la Unión Europea, así como en Albania, Andorra, Macedonia del Norte, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Islandia, Liechtenstein, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Noruega, San Marino, Ciudad del Vaticano, Serbia y Suiza.​

Turquía permite utilizarlo como documento de viaje también, aunque el Ministerio del Interior español no lo indique así.​

Desde el 1 de octubre de 2021 dejó de ser válido como sustituto del pasaporte para entrar en Reino Unido, excepto para aquellas personas que hayan utilizado este documento en su registro en el «EU Settlement Scheme», que pudieron seguir usando hasta el 31 de diciembre de 2025.​

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