Tal Día como Hoy

Cortes de Cádiz

(1810-1814) Asamblea constituyente de España

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Se conoce como Cortes de Cádiz a la asamblea constituyente reunida en Cádiz entre 1810 y 1814, durante la guerra de la Independencia española y mientras la ciudad permanecía sitiada por las tropas napoleónicas. La convocatoria, realizada por el Consejo de Regencia en cumplimiento del mandato de la disuelta Junta Suprema Central, respondió al vacío de poder generado por la invasión francesa y a la presión de las juntas provinciales que defendían la continuidad de la soberanía española. Su instalación, el 24 de septiembre de 1810, proclamó la soberanía de las Cortes y reconoció a Fernando VII como rey legítimo de España, anulando cualquier renuncia previa a la Corona. La reunión inicial tuvo lugar en la Isla de León —posteriormente renombrada San Fernando— y, a medida que el asedio francés se intensificó, se trasladó a la ciudad de Cádiz en 1811.​ ​

El cerco sobre Cádiz (diciembre de 1810-agosto de 1812) generó un clima de intensa movilización patriótica que fortaleció las opiniones más radicales y consolidó un programa liberal definido. Entre los decretos más relevantes se encuentran la proclamación de igualdad de derechos entre españoles y americanos, la libertad de imprenta, industria y comercio, la incorporación de los señoríos a la nación, la abolición de la tortura, del comercio de esclavos y de las pruebas de nobleza para acceder al Ejército, así como la supresión del voto de Santiago, del Tribunal de la Inquisición y el inicio de la desamortización eclesiástica y de bienes comunales.​

El logro central de las Cortes fue la promulgación de la Constitución de 1812, que instauró la soberanía nacional de manera radical, indivisible e inalienable, la división de poderes, la limitación del poder real mediante el veto suspensivo de sólo dos Cortes sucesivas, unicameralidad, responsabilidad ministerial, sufragio universal indirecto, garantías de derechos individuales y libertades fundamentales (igualdad ante la ley, derecho de propiedad, de petición, educación elemental e inviolabilidad del domicilio) y la racionalización de la Administración del Estado mediante la creación de ayuntamientos y diputaciones provinciales, control financiero, nacionalización del Ejército y establecimiento de la milicia nacional. La Constitución, proclamada el 19 de marzo de 1812, inauguró una nueva cultura política basada en la razón, la libertad y la igualdad, convirtiéndose en referente histórico de los principios liberales en España.​

No obstante, esta constitución tuvo corta duración debido a la firme restauración del absolutismo por Fernando VII.​ Tras su regreso de exilio en 1814, el monarca entró por Valencia y, desde el Palacio de Cervelló, firmó el 4 de mayo el decreto de abolición de la Constitución española de 1812 y la disolución de las Cortes, poniendo fin a la experiencia constitucional. Este acto obligó al exilio a destacados liberales, entre ellos el sacerdote Joaquín Lorenzo Villanueva, quien había desempeñado un papel activo en la redacción constitucional y en reformas locales, como la restitución de Játiva como capital de provincia. La anulación de la Constitución reflejó la oposición del monarca a la limitación de su poder y al control liberal del Estado, marcando el inicio de un período de conflictos políticos entre absolutistas y liberales a lo largo del siglo XIX en España, y fomentando así los movimientos independentistas de los territorios en América.​

A comienzos de la Guerra de la Independencia (1808-1814) las revueltas populares se acompañan de la creación de Juntas provinciales y locales de defensa y la formación de sus propios órganos de gobierno, pues a pesar de que sobre el papel el traspaso de la corona a Napoleón Bonaparte era irreprochable, muchos españoles no reconocían la figura de José I Bonaparte, designado por su hermano Napoleón, como rey de España. Estas juntas tenían como objetivo defenderse de la invasión francesa y llenar el vacío de poder. Estaban compuestas por militares, representantes del alto clero, funcionarios y profesores, muchos de ellos conservadores, por lo que a pesar de que el origen del movimiento fuera revolucionario, la finalidad era sostener la guerra contra el imperio francés. En septiembre cada una de estas juntas provinciales ceden su poder a una Junta Central Suprema Gubernativa del Reino la cual se va a encargar de coordinar el gobierno del país; de dirigir la defensa frente a los franceses (como la firma del acuerdo de alianza con Inglaterra). El 20 de noviembre de 1809 las tropas francesas derrotaron al ejército de la Junta Central en la batalla de Ocaña, y consiguieron el paso franco hacia Andalucía. El fracaso militar de la Junta central resulta en su disolución y dar paso a una regencia con el mandato de convocar una reunión extraordinaria a cortes, para continuar el esfuerzo para la guerra, lo cual supone otro hecho revolucionario, ya que el derecho a convocar cortes era exclusivo de la corona.

La Junta se retiró a Cádiz y el 29 de enero de 1810, desacreditada por las derrotas militares y dividida por la forma en la que habían de llevar a cabo determinadas cuestiones de gobierno, se disolvió y dio paso a un Consejo de Regencia formado por cinco personas, y ejercida en nombre de la soberanía o majestad de Fernando VII. Este Consejo de Regencia no era partidario de que se reunieran las Cortes bajo las circunstancias del sitio de Cádiz, tampoco estaba de acuerdo con que no se convocasen los otros dos estamentos el clero y la nobleza, tampoco que se emplease la fórmula de diputados suplentes, no elegidos por las provincias, ni que los diputados electos por las provincias que representaban se arrogasen la soberanía de toda la Nación, que hasta entonces pertenecía al rey Fernando VII, al que se despojaba de su majestad soberana. Pero debido a la fuerte reacción frente a ella, se vieron forzados a mantener la convocatoria de las Cortes.

Tras intensos debates se decidió que fueran unicamerales, y electas por un complicado sistema de sufragio indirecto. Se reunieron por primera vez en Cádiz, en la Isla de León, el 24 de septiembre de 1810.​ Su primer reglamento contiene una de las primeras evidencias de horarios regulados estacionalmente, una práctica que un siglo más tarde derivó en el cambio de hora.​​

El bloqueo de la ciudad de Cádiz, la ocupación militar de la España ibérica y la desconexión con la España americana, impidió que se celebrara la elección en muchos distritos y un elevado número de diputados fue suplente de las correspondientes provincias, elegido por los habitantes residentes en la ciudad.​ Poco más de trescientos diputados participaron en aquellas Cortes, y entre ellos abundaban los profesionales liberales y los funcionarios civiles y militares, y un tercio eran eclesiásticos.​

En estos primeros pasos del parlamentarismo aún no existían los partidos políticos, pero la mayoría de los diputados convocados en Cádiz se encuadraban en tres corrientes. Los absolutistas también llamados por los liberales los «serviles» por su sumisión a la corona, querían que la soberanía radicara exclusivamente en el monarca, cuyo poder no debía tener ninguna restricción, y consideraban que las Cortes habrían de limitarse a recopilar y sistematizar las leyes. Los moderados o también llamados jovellanistas (del político y pensador ilustrado Gaspar Melchor de Jovellanos), abogaban por una soberanía compartida entre el rey y las Cortes, y ello les convierte en los precursores del liberalismo moderado y conservador que se desarrolló en el siglo XIX. Pensaban que las Cortes debían ser bicamerales, aceptaban la división de poderes y asumían buena parte del programa reformista de la Ilustración. El tercer grupo era el de los liberales. No eran mayoría, pero formaban un equipo cohesionado, con notable formación intelectual y capacidad de iniciativa. Entre sus filas figuraban el sacerdote Diego Muñoz-Torrero (cuyo discurso inaugural supuso ya la aprobación del primer decreto en el que se fundamentaría la revolución política de Cádiz: la soberanía nacional), el abogado Agustín de Argüelles, el historiador Conde de Toreno, el escritor y político Antonio Alcalá Galiano y el poeta Manuel José Quintana. Más activos, militantes y elocuentes que el resto de los grupos, consideraban que la soberanía debía recaer exclusivamente en la nación, representada en las Cortes, y lograron imponer sus tesis aunque con importantes concesiones a los otros grupos.[cita requerida]

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